De la palabra al arma de fuego
En una intervención policial, no todas las situaciones requieren la misma respuesta.
No es lo mismo encontrarse ante una persona que se niega a colaborar que ante alguien que está intentando agredir a otra persona con un arma.
Por eso, una de las decisiones más importantes que debe tomar un policía durante una intervención es determinar si necesita utilizar la fuerza y, en caso de hacerlo, qué medio es el adecuado.
¿Qué dice la ley?
El uso de la fuerza por parte de los agentes no es arbitrario.
La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece una serie de principios que deben regir la utilización de los medios policiales.
Para entenderlos de forma sencilla podemos resumirlos en tres conceptos fundamentales:
Oportunidad
La primera pregunta sería:
¿Es realmente necesario utilizar la fuerza en este momento?
Si una situación puede resolverse hablando y consiguiendo que la persona colabore, quizá no sea necesario emplear ningún medio de fuerza.
Congruencia
Si es necesario intervenir:
¿Qué medio es el adecuado para solucionar esta situación?
El agente debe valorar qué recurso resulta apropiado teniendo en cuenta la amenaza, la resistencia y las circunstancias concretas de la intervención.
Proporcionalidad
Por último:
¿La respuesta guarda relación con el peligro al que se está haciendo frente?
Cuanto mayor sea la amenaza, mayor podrá ser el nivel de fuerza necesario para controlarla.
La escala del uso de la fuerza
Para comprenderlo de una manera visual podemos imaginar diferentes niveles:
1. Comunicación
2. Control físico / defensa policial
3. Spray de defensa
4. Dispositivo eléctrico de control
5. Arma de fuego
Pero hay algo importantísimo:
Esta escala es orientativa, no una escalera que el policía esté obligado a recorrer paso por paso.
La situación determinará qué respuesta resulta necesaria.
1. La palabra: el primer recurso
Siempre que las circunstancias lo permitan, una intervención puede comenzar mediante la comunicación.
Aquí encontramos lo que popularmente se conoce como “judo verbal”: utilizar la comunicación, las instrucciones claras, la escucha y el autocontrol para intentar conseguir la colaboración de una persona.
Imaginemos a alguien muy alterado que comienza a gritar y se niega a seguir las indicaciones de los agentes.
Si el policía consigue tranquilizarlo y hacer que colabore mediante la palabra, puede que no sea necesario utilizar ningún medio de fuerza.
La intervención se habrá resuelto igualmente.
2. Control físico y defensa policial
Cuando la comunicación no es suficiente y existe resistencia o agresión, puede ser necesario recurrir al control físico o a determinados medios de defensa.
Entre ellos encontramos la defensa policial, que permite al agente responder ante determinadas situaciones sin tener que recurrir directamente a medios de mayor potencial lesivo.
3. Spray de defensa
Otro de los medios que puede estar disponible, dependiendo del cuerpo y de la dotación existente, es el spray de defensa.
Puede proporcionar al agente otra alternativa para controlar determinadas situaciones violentas sin tener que recurrir a otros medios potencialmente más lesivos.
4. Dispositivo eléctrico de control
Llegamos al conocido popularmente como Táser, aunque de forma más correcta podemos hablar de dispositivo eléctrico de control o inmovilización.
Policía Nacional dispone de este tipo de dispositivos y su utilización requiere formación específica.
Este tipo de herramienta introduce otra posibilidad de actuación ante determinadas situaciones en las que la comunicación o medios anteriores pueden no resultar suficientes.
5. El arma de fuego
Finalmente encontramos el medio con mayor capacidad lesiva: el arma de fuego.
Su utilización está sometida a unas condiciones especialmente restrictivas.
La Ley Orgánica 2/1986 establece que los agentes solamente deberán utilizar las armas cuando exista un riesgo racionalmente grave para su vida o integridad física, para la de terceras personas o un grave riesgo para la seguridad ciudadana, siempre atendiendo a los principios que regulan la actuación policial (oportunidad, congruencia y proporcionalidad).
¿Hay que pasar siempre por todos los niveles?
No.
Y esta probablemente sea la idea más importante de todo el artículo.
Imaginemos que un policía llega a una intervención y una persona amenaza de forma inmediata la vida de otra con un arma.
El agente no está obligado a utilizar primero la defensa, después el spray y posteriormente un dispositivo eléctrico antes de responder a esa amenaza.
La respuesta deberá adaptarse a la situación que existe en ese preciso momento.
Del mismo modo, si una intervención puede resolverse únicamente hablando, no tendría sentido aumentar innecesariamente el nivel de fuerza.
No es una escalera obligatoria. La respuesta depende de cada situación.
La mejor intervención no es la que utiliza más fuerza
El objetivo de la fuerza policial no es castigar.
Su finalidad es controlar una situación, proteger a las personas y garantizar la seguridad, empleando los medios que sean necesarios según las circunstancias.
Por eso, detrás de algo que desde fuera puede parecer una decisión sencilla existe una valoración mucho más compleja.
Oportunidad. Congruencia. Proporcionalidad.
Tres principios que pueden tener que aplicarse en apenas unos segundos.
